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	<title>Seguros AXA en Canarias con Jaime Sicilia e Hijos</title>
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	<description>Jaime Sicilia e Hijos S.L. Agencias de seguros en Canarias</description>
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		<title>AXA lanza &#8216;Legado Activo&#8217;, un seguro de vida que combina cobertura de sepelio y ahorro flexible</title>
		<link>https://jaimesiciliaehijos.com/axa-lanza-legado-activo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[AXA - Jaime Sicilia e Hijos, S.L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 03 Aug 2025 10:29:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>AXA España ha lanzado recientemente &#8216;Legado Activo&#8217;, un innovador seguro de vida que integra, en un único producto, la cobertura para los gastos de sepelio y una modalidad de ahorro flexible con liquidez total desde el primer día. Con esta propuesta, AXA busca ofrecer una solución integral que brinde tranquilidad y apoyo económico a las&#8230;</p>
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<p>AXA España ha lanzado recientemente &#8216;Legado Activo&#8217;, un innovador seguro de vida que integra, en un único producto, la cobertura para los gastos de sepelio y una modalidad de ahorro flexible con liquidez total desde el primer día. Con esta propuesta, AXA busca ofrecer una solución integral que brinde tranquilidad y apoyo económico a las familias en momentos difíciles.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Cobertura inmediata y ahorro inteligente</strong> con Legado Activo</h2>



<p>&#8216;Legado Activo&#8217; garantiza desde el inicio un capital de fallecimiento destinado a cubrir los gastos de sepelio, con opciones de 5.000 o 10.000 euros. Además, el excedente de las primas se destina a una modalidad de ahorro tipo unit-linked, vinculada a fondos de inversión gestionados por AXA para maximizar su rentabilidad.</p>



<p>Una de las principales ventajas de este producto es su liquidez total: las aportaciones realizadas son accesibles sin penalizaciones desde el primer momento, permitiendo rescates parciales o totales a valor de mercado en cualquier momento. Esta flexibilidad financiera es especialmente valiosa para quienes buscan una solución adaptada a sus necesidades y circunstancias personales.</p>



<p>Luis Sáez de Jáuregui, director de Oferta y Líneas de Negocio de AXA España, ha destacado: “Con ‘Legado Activo’ buscamos soluciones que aporten a las familias la protección suficiente para hacer frente a unos gastos de sepelio, mientras tienen la tranquilidad de que disponen de su dinero con la flexibilidad financiera que necesitan, sea cual sea su capacidad económica”.</p>



<p>Por su parte, Elena Aranda, directora de Vida, Protección y Ahorro de AXA España, ha subrayado: “En AXA tenemos claro que la confianza es clave y por eso, con una sola llamada, nos encargaremos de todos los trámites y gestiones, asegurando que los beneficiarios reciban el apoyo necesario en los momentos difíciles. Además, ‘Legado Activo’ ofrece una experiencia inigualable en el mercado de seguros de sepelio, ya que permite realizar rescates parciales en cualquier momento de las aportaciones realizadas. Y lo mejor de todo, el cliente pagará sólo una vez el coste del sepelio y además este servicio podría salirle gratis”.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Modalidades de contratación y objetivos de captación</strong></h2>



<p>&#8216;Legado Activo&#8217; está disponible para personas de entre 14 y 70 años con una aportación periódica desde 20 euros al mes, y para mayores de 71 años mediante una aportación única desde 6.000 euros, sin necesidad de cuestionario de salud. Con esta propuesta, AXA busca captar al 54% de la población española que aún no dispone de un seguro de decesos, lo que representa aproximadamente 25 millones de personas.</p>



<p>La aseguradora estima que en el primer año se alcanzarán 75 millones de euros en primas, y que en un plazo de 10 años se acumularán cerca de 900 millones de euros en ahorro gestionado.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Compromiso con la tranquilidad y el acompañamiento</strong> con &#8216;Legado Activo&#8217;</h2>



<p>En caso de fallecimiento, AXA se encarga de todos los trámites y gestiones, asegurando que los beneficiarios reciban el apoyo necesario en momentos difíciles. A través de proveedores especializados, se facilitan todos los servicios funerarios, desde los tanatorios, entierros, desplazamientos, hasta las gestiones administrativas.</p>



<p>&#8216;Legado Activo&#8217; representa una propuesta innovadora en el sector asegurador, combinando protección, ahorro y flexibilidad en un único producto. Con su accesibilidad económica y adaptabilidad a diferentes perfiles de inversión, ofrece una solución integral para quienes desean planificar su futuro financiero y garantizar el bienestar de sus seres queridos.</p>



<p></p>
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		<title>ICEA presenta las perspectivas del Seguro y la Economía para el año 2025</title>
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		<dc:creator><![CDATA[AXA - Jaime Sicilia e Hijos, S.L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 02 Feb 2025 11:41:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El 16 de enero de 2025 se celebró la ‘Jornada de Perspectivas del Seguro y la Economía para el año 2025’, un evento de referencia para el sector asegurador, organizado por ICEA y patrocinado por Swiss Re. La jornada ofreció un análisis exhaustivo de los resultados de 2024 y anticipó los desafíos y oportunidades que&#8230;</p>
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<p>El 16 de enero de 2025 se celebró la ‘Jornada de Perspectivas del Seguro y la Economía para el año 2025’, un evento de referencia para el sector asegurador, organizado por ICEA y patrocinado por Swiss Re. La jornada ofreció un análisis exhaustivo de los resultados de 2024 y anticipó los desafíos y oportunidades que marcarán el futuro del sector en 2025.</p>



<p>Para dar comienzo al evento, Andrés Romero (presidente de ICEA) se encargó de realizar la apertura a las cerca de 400 personas que allí se congregaron para conocer los últimos datos de la industria del seguro.</p>



<p>Mirenchu del Valle (presidenta de UNESPA) abrió la sesión destacando la evolución del sector asegurador en 2024. Según los datos presentados, las primas totales alcanzaron los 75.161 millones de euros, lo que representa un descenso del 1,56% respecto a 2023. En este contexto, el negocio de Vida registró un retroceso significativo del 13,59%, situándose en 28.827 millones de euros, mientras que No Vida creció un 7,78%, alcanzando los 46.333 millones de euros.</p>



<p>Mirenchu subrayó algunos de los retos más importantes para 2025, como el cierre de los siniestros derivados de la DANA en Valencia y la necesidad de implementar un mecanismo de activación automática para desastres naturales.</p>



<p>A continuación, José Antonio Sánchez (director General de ICEA), destacó en su intervención sobre análisis y tendencias el comportamiento positivo del sector asegurador durante 2024. A pesar de una ligera caída del 1,6% en primas, el crecimiento se ha centrado en la rentabilidad, consolidando un modelo sostenible. Hasta el tercer trimestre, los datos revelan una mejora significativa en la cuenta técnica, con un aumento de 1,8 puntos porcentuales.</p>



<p>José Antonio destacó el desempeño de multirriesgo, que lidera la mejora de la cuenta técnica de No Vida con un crecimiento del 148,5%, impulsado por un año climático favorable. Sin embargo, ramos como salud y responsabilidad civil han mostrado ligeros descensos en rentabilidad, mientras que autos mejora en resultados técnicos gracias al componente financiero, aunque aún no alcanza márgenes puros positivos.</p>



<p>El análisis incluyó un enfoque sobre la concentración del mercado asegurador español, donde cuatro ramos (autos, salud, hogar y vida ahorro) representan casi el 73% de las primas totales. El director general de ICEA señaló que esta concentración en ramos menos rentables plantea retos para el crecimiento futuro, destacando además el aumento de la brecha entre las compañías más rentables y las menos competitivas argumentando que “es el mejor momento para ser diferencial” donde aparecerán nuevos <em>players</em> a futuro. Esta tendencia, según José Antonio, se acentuará en los próximos años, haciendo imprescindible la diversificación y la mejora de márgenes.</p>



<p>La primera sesión concluyó con la intervención de Santiago Arechaga (Market Head Southern Europe y CEO Iberia de Swiss Re), quien ofreció un análisis detallado del panorama económico global y sus implicaciones para la industria aseguradora. Según Santiago, 2025 estará caracterizado por avances en la contención de la inflación y una paulatina relajación de las políticas monetarias. No obstante, las perspectivas económicas varían significativamente entre regiones: mientras que Estados Unidos mantendrá tasas de interés elevadas, Europa, aunque estabilizada en torno a un 2% de inflación, sigue lidiando con precios persistentemente altos.</p>



<p>Santiago identificó cinco factores estructurales que moldearán la economía global y tendrán un impacto directo en el sector asegurador: el descenso en la tasa de natalidad, la desglobalización derivada de una creciente fragmentación geoeconómica, el avance en la descarbonización para cumplir con los objetivos de emisiones fijados para 2050, la digitalización como motor de la productividad, y el peso de la deuda, que limita la capacidad de inversión pública.</p>



<p>La segunda sesión del evento reunió a representantes de entidades del sector asegurador, quienes analizaron las perspectivas en distintos ramos de mayor peso. Mireya Rabadán (directora General de HNA) abordó las proyecciones para el ramo de vida y pensiones; Fernando Campos (CEO de DKV) ofreció su visión sobre las perspectivas en el ámbito de la salud; Elena Sanz Isla (CEO de Mapfre Iberia) se centró en los seguros multirriesgo, y finalmente, Carlos Escudero (consejero Delegado de Grupo Generali España) expuso las perspectivas del ramo de automóviles.</p>



<p>Las intervenciones de estos expertos aportaron un análisis profundo y detallado sobre los retos y oportunidades que enfrenta cada uno de estos ramos, subrayando el dinamismo y la capacidad de adaptación del sector asegurador ante un entorno en constante evolución.</p>



<p>Finalmente, en la clausura de la jornada, el director General de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), José Antonio Fernández de Pinto, destacó los buenos resultados obtenidos por el sector asegurador durante el año 2024. José Antonio subrayó el «crecimiento en No Vida y la consolidación en Vida», a pesar de la ligera disminución en primas.</p>



<p>En relación con el ratio de capital de solvencia (SCR), señaló que al cierre del tercer trimestre los datos son «muy solventes», situándose por encima del 247%. Asimismo, anticipó que el cierre anual de 2024 mantendrá niveles similares, consolidando la solidez del sector. Destacó además los «niveles de rentabilidad muy importantes» alcanzados por el sector asegurador, resaltando que estos resultados evidencian un mercado «sano y con un futuro prometedor».</p>



<p>Esta valoración refuerza el papel clave del seguro como un pilar de estabilidad económica y confianza para los ciudadanos.</p>



<p>Fuente: <a href="https://www.icea.es/es-ES/noticias/Noticias/Noticias0125/ICEA-presenta-perspectivas-Seguro-Economia-2025.aspx?utm_source=chatgpt.com">ICEA</a></p>
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		<title>Seguridad y rentabilidad con Horizonte Top Capital II</title>
		<link>https://jaimesiciliaehijos.com/seguridad-y-rentabilidad-con-horizonte-top-capital-ii/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[AXA - Jaime Sicilia e Hijos, S.L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Dec 2024 08:57:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En el ámbito de las inversiones, la combinación ideal de seguridad y rentabilidad no siempre es fácil de encontrar. Sin embargo, con el Horizonte Top Capital II, Jaime Sicilia e Hijos te ofrece una solución diseñada para quienes buscan proteger su capital mientras obtienen rendimientos competitivos. Este producto combina las ventajas de un seguro de&#8230;</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p>En el ámbito de las inversiones, la combinación ideal de seguridad y rentabilidad no siempre es fácil de encontrar. Sin embargo, con el Horizonte Top Capital II, Jaime Sicilia e Hijos te ofrece una solución diseñada para quienes buscan proteger su capital mientras obtienen rendimientos competitivos. Este producto combina las ventajas de un seguro de vida con los beneficios de un fondo de inversión, convirtiéndose en una opción atractiva para inversores estratégicos.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es el Horizonte Top Capital II?</strong></h2>



<p>El Horizonte Top Capital II es una opción de inversión con una duración de 3 años y 10 meses. Está diseñado para garantizar la protección del 100 % del capital invertido al vencimiento, siempre que las entidades involucradas cumplan con sus compromisos. Este producto se emite a través de la agencia AXA, Jaime Sicilia e Hijos, en colaboración con entidades financieras de renombre como BNP Paribas Issuance B.V., Barclays Bank UK, Société Générale, Intesa Sanpaolo y Deutsche Bank.</p>



<p>Esta opción se caracteriza por un nivel de riesgo moderado (2 sobre 7) y por ofrecer una rentabilidad atractiva que la convierte en una elección interesante para quienes desean seguridad sin renunciar a la posibilidad de obtener ingresos adicionales.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Principales ventajas del Horizonte Top Capital II</strong></h3>



<ol class="wp-block-list">
<li>Protección del capital<br>Una de las características más destacadas de este producto es la recuperación del 100 % del capital invertido al vencimiento, brindando tranquilidad y confianza a los clientes.</li>



<li>Súper cupón del 9,80 %<br>Al vencimiento, los inversores recibirán un cupón único del 9,80 % neto de gastos, lo que asegura una rentabilidad competitiva frente a otras alternativas del mercado.</li>



<li>Duración definida<br>Con un vencimiento programado para el 29 de diciembre de 2028, los clientes tienen claridad sobre el horizonte temporal de su inversión.</li>



<li>Eficiencia fiscal<br>Los rendimientos obtenidos tributan únicamente cuando el cliente decide disponer de su dinero, maximizando la eficiencia fiscal y permitiendo un mayor control financiero.</li>



<li>Flexibilidad y liquidez<br>Aunque se recomienda mantener la inversión hasta el vencimiento, los clientes tienen la opción de acceder a su dinero antes de esa fecha, siempre según el valor de mercado del activo financiero. Es importante tener en cuenta que una venta anticipada puede generar pérdidas.</li>



<li>Garantía por Fallecimiento<br>Este seguro incluye una cobertura adicional equivalente al 5 % del valor liquidativo del contrato, con ciertos límites según la edad del asegurado.</li>
</ol>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Quién debería considerar el Horizonte Top Capital II?</strong></h3>



<p>Este producto está diseñado para personas que buscan una inversión equilibrada con protección del capital y un riesgo moderado. Es especialmente útil para quienes desean diversificar sus activos, ya que combina estabilidad y una rentabilidad competitiva.</p>



<p>Es importante recordar que la garantía de protección del capital está sujeta al cumplimiento de las obligaciones por parte de las entidades emisoras y los bancos asociados. Por ello, es recomendable analizar la concentración de riesgos antes de invertir.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo contratar el Horizonte Top Capital II?</strong></h3>



<p>Acceder a esta opción de inversión es sencillo. Puedes hacerlo a partir de un importe mínimo de 2.000 € y hasta un máximo de 100.000 €. La oferta está disponible hasta el 31 de enero de 2025 o hasta que se agoten los activos financieros disponibles.</p>



<p>Para formalizar la contratación, puedes consultar con un asesor de Jaime Sicilia e Hijos, quien te proporcionará toda la información necesaria y te ayudará a decidir si esta inversión es adecuada para tus objetivos financieros.</p>



<p>Si estás pensando en diversificar tus inversiones y proteger tus ahorros, este producto puede ser una excelente elección. Con la combinación de protección, rentabilidad y eficiencia fiscal que ofrece el Horizonte Top Capital II, invertir en tu futuro nunca había sido tan seguro.</p>



<p>Para obtener más detalles,<a href="https://jaimesiciliaehijos.com/contacto/"> contacta </a>con uno de nuestros asesores.</p>



<p></p>
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		<item>
		<title>El senderista y su rescate</title>
		<link>https://jaimesiciliaehijos.com/el-senderista-y-su-rescate/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[AXA - Jaime Sicilia e Hijos, S.L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 23 Sep 2016 11:24:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Seguros]]></category>
		<category><![CDATA[accidente]]></category>
		<category><![CDATA[gobierno de canarias]]></category>
		<category><![CDATA[la palma]]></category>
		<category><![CDATA[peligro]]></category>
		<category><![CDATA[senderista]]></category>
		<category><![CDATA[tasas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Tres rescates fueron los que el Grupo de Emergencia tuvo que realizar este pasado fin de semana en la Isla de La Palma. En el último, ocurrido este pasado domingo a las 13:11 en el Barranco de Flores, tuvieron que intervenir el helicóptero de rescate del GES, una ambulancia de soporte vital básico del Servicio&#8230;</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-weight: 400;">Tres rescates fueron los que el Grupo de Emergencia tuvo que realizar este pasado fin de semana en la Isla de La Palma. En el último, ocurrido este pasado domingo a las 13:11 en el Barranco de Flores, tuvieron que intervenir el helicóptero de rescate del GES, una ambulancia de soporte vital básico del Servicio de Urgencias Canario, Bomberos de La Palma, Agentes del Parque Nacional de la Caldera de Taburiente y la Guardia Civil. Todo este operativo supone un coste inmenso para el erario público, un gasto que el Gobierno de la Comunidad Autonómica ha intentado reducir.</span></p>
<p><b><i>“Si usted asume el riesgo, ha de asumir el coste”</i></b><b>. </b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Juan Manuel Santana, director general de Seguridad y Emergencias del Gobierno de Canarias (2012) respecto al coste de los rescates efectuados con medios públicos que derivan de acciones irresponsables y/o imprudentes.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En el pasado año 2012 se aprobó la </span><a href="http://www.gobcan.es/boc/2012/124/001.html"><span style="font-weight: 400;">Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.</span></a><span style="font-weight: 400;"> El Título XIII de esta ley se titula </span><i><span style="font-weight: 400;">“Tasas por la prestación de determinados servicios de búsqueda, rescate y salvamento realizados por el grupo de emergencias y salvamento de la Comunidad Autónoma de Canarias”</span></i><span style="font-weight: 400;">. (Llamar al 112)</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><b>¿Quién debe pagar la tasa?</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">En el Título mencionado se especifican los casos en los que el sujeto pasivo (el rescatado) deberá abonar tasas por su búsqueda, rescate y salvamento. Los supuestos son:</span></p>
<ol>
<li><i><span style="font-weight: 400;">a) Cuando la búsqueda, rescate o salvamento se realice con ocasión de la </span></i><b><i>práctica de actividades recreativas o deportivas que entrañen riesgo o peligro para el sujeto pasivo</i></b><i><span style="font-weight: 400;">. (submarinismo, travesía natación, remo, bicicleta de montaña, …) </span></i></li>
</ol>
<p><i><span style="font-weight: 400;">La Consejería competente en materia de seguridad y emergencia podrá establecer otras actividades recreativas y deportivas cuya práctica entrañe riesgo o peligro para las personas.</span></i></p>
<ol>
<li><i><span style="font-weight: 400;">b) Cuando la búsqueda, rescate o salvamento sea consecuencia de la</span></i><b><i> inobservancia por el sujeto pasivo de señales de advertencia de peligro</i></b><i><span style="font-weight: 400;">, prohibición u obligación, convenientemente ubicadas en las zonas de riesgo, así como de la realización de usos o actividades prohibidas en espacios naturales o careciendo de la preceptiva autorización para ello.</span></i><i><span style="font-weight: 400;"><br />
</span></i><i><span style="font-weight: 400;"><br />
</span></i><i><span style="font-weight: 400;">c) Cuando la búsqueda, rescate o salvamento tenga lugar como consecuencia de la exposición del sujeto pasivo a una </span></i><b><i>situación de riesgo derivada de la inobservancia de las precauciones, instrucciones, avisos</i></b><i><span style="font-weight: 400;"> u orientaciones de autoprotección emitidas por el órgano competente en materia de seguridad y emergencias de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, del Estado o de la correspondiente Administración Territorial.</span></i><i><span style="font-weight: 400;"><br />
</span></i><i><span style="font-weight: 400;"><br />
</span></i><i><span style="font-weight: 400;">d) Cuando las personas buscadas, rescatadas o salvadas </span></i><b><i>no dispusiesen del equipamiento adecuado</i></b><i><span style="font-weight: 400;"> al desarrollo de la actividad.</span></i><i><span style="font-weight: 400;"><br />
</span></i><i><span style="font-weight: 400;"><br />
</span></i><i><span style="font-weight: 400;">e) Cuando la movilización de medios personales y materiales se produzca a solicitud o como consecuencia de la información suministrada directamente al Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad por el sujeto pasivo, pudiéndose advertir posteriormente que </span></i><b><i>no concurrían las circunstancias objetivas alegadas por el mismo para justificar la necesidad de dicha movilización</i></b><i><span style="font-weight: 400;">, así como en el caso de simulación de existencia de riesgo o peligro o en el supuesto de llamadas falsas a los servicios de emergencia.</span></i></li>
</ol>
<p><b>Este último punto es el que considero que más peligro tiene</b><span style="font-weight: 400;">, ya que todo depende de la discrecionalidad del Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad y su consideración de “circunstancias justificadas”</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El resto de apartados por desgracia, son </span><b>situaciones que se dan con excesiva regularidad dentro del mundo del senderismo por ejemplo</b><span style="font-weight: 400;">. Muchos (entre los que me incluyo) han realizado excursiones con alertas de temperatura, sin el equipamiento adecuado para la actividad, e incluso atajando por zonas señalizadas como “peligrosas” para ganar tiempo.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><b>¿Cuándo no se pagan las tasas?</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Cuando el salvamento se produce como consecuencia directa de una situación de emergencia, (catástrofe natural declarada por el Gobierno de Canarias) y la persona no se encuentra realizando una actividad incompatible con dicha situación, es decir, necesite ser rescatado en su casa, no será necesario pagar por la activación del GES.</span><span style="font-weight: 400;"><br />
</span><span style="font-weight: 400;"><br />
</span><span style="font-weight: 400;">Tampoco se abonará cuando se proceda por razones de interés público o si la persona buscada o rescatada ha fallecido con anterioridad a la activación de los recursos de emergencia. Cuando el fallecimiento se produce con posterioridad, serán sus herederos los que deban pagar los servicios.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><b>¿Cuánto debe abonar?</b></p>
<p><b>Las tasas a cobrar incluyen:</b></p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Medios humanos:</span>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Por cada integrante del G.E.S. 36,00€/hora</span></li>
</ul>
</li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Medios materiales:</span><span style="font-weight: 400;"><br />
</span></p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Por cada helicóptero 2.000,00€/hora</span><span style="font-weight: 400;"><br />
</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Por cada vehículo, exceptuando el P.M.A. 40,00€/hora</span><span style="font-weight: 400;"><br />
</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Por la salida del Puesto de Mando Avanzado (P.M.A.) 300,00€/hora</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Por cada embarcación 300,00€/hora</span></li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><b>Hay una cuota máxima de 6.000€ para menos de 5 personas</b><span style="font-weight: 400;">. A partir de 5 afectados la cuota se incrementa hasta un límite de 12.000€ en caso de ser más de 16 personas.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Con esta Ley, el Gobierno quiere asegurarse que cuando decidamos realizar una actividad deportiva o de ocio en el exterior, </span><b>tengamos en cuenta no sólo qué climatología nos vamos a encontrar en la zona o cómo es el lugar al que queremos ir, sino también que llevemos un material adecuado para cada caso y estar informados de los consejos que da el Servicio Canario de Emergencias.</b></p>
<p><b>El sujeto pasivo en estos casos sólo tiene dos opciones para evitar el desembolso de casi 6.000€ en caso de rescate:</b></p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><b>La prudencia</b><span style="font-weight: 400;">. Evitar situaciones de riesgo (climatología, señalización…) y estar convenientemente equipado para realizar su actividad.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><b>Un seguro de accidentes individual</b><span style="font-weight: 400;">. El mismo cubrirá los gastos derivados del salvamento en caso de negligencia, imprudencia, et.</span></li>
</ul>
<p><span style="font-weight: 400;">Para más información y precio de su seguro de accidentes <a href="http://tuseguroencanarias.com/contacto/">consúltenos</a>.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="font-weight: 400;">Fuente: </span><a href="http://tvlapalma.com/not/1190/rescatan-helicoptero-senderista-herida-caldera/"><span style="font-weight: 400;">tvlapalma.com</span></a><span style="font-weight: 400;"> y gobcan.es</span></p>
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		<title>Excusas más oídas para no contratar una póliza de vida</title>
		<link>https://jaimesiciliaehijos.com/excusas-mas-oidas-para-no-contratar-una-poliza-de-vida/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[AXA - Jaime Sicilia e Hijos, S.L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Feb 2016 10:19:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>No me extrañaría que más de uno quedara retratado en esta lista. 1. No quiero pensar en morirme. Por mucho que no lo pienses, te vas a morir y dejarlo todo asegurado y ordenado es una responsabilidad Es comprensible que no seas aficionado a pensar en tu propia muerte o en la de tu cónyuge,&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>No me extrañaría que más de uno quedara retratado en esta lista.</p>
<h3>1. No quiero pensar en morirme.</h3>
<p>Por mucho que no lo pienses, te vas a morir y dejarlo todo asegurado y ordenado es una responsabilidad</p>
<p>Es comprensible que no seas aficionado a pensar en tu propia muerte o en la de tu cónyuge, pero también es una posición arbitraria y un poco inmadura. Yo no quiero pensar en que mi casa se puede quemar o que voy a tener un accidente con el coche, pero lo que seguro hago es tener detectores de humo en casa y siempre me pongo el cinturón de seguridad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3><b><b>2. Que los que se queden después de mí se busquen la vida, yo ya no estaré…</b></b></h3>
<h3></h3>
<p>El seguro de vida en caso de fallecimiento da una cantidad de dinero a tus herederos, preocuparte por ellos es una obligación. La opción es muy buena si no te importan tus hijos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3><b><b>3. Son muy caros</b></b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Como todo, depende de lo que cubra la póliza escogida y de la empresa con la que lo contrates. No obstante, en lo que hay que fijarse al contratar un seguro de vida es en la cantidad que quedaría en caso de fallecimiento prematuro, porque una vez la sepas, quizá te sea más sencillo elegir una u otra póliza en función de tus necesidades.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h3><b><b>4. Me da igual lo que pase cuando me muera</b></b></h3>
<p>Es posible ser un irresponsable en la vida, pero serlo en la muerte es doblemente irresponsable.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>5. Ya tengo el seguro con el Banco</h3>
<p>El seguro del banco normalmente asegura solo la hipoteca ¿Qué pasa con el resto de cosas que necesita tu familia?</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>6. Trabajamos los dos</h3>
<p>Si uno fallece la economía familiar se resiente y bajan los ingresos ¿eso es lo que quieres?</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>7. No tengo Hijos</h3>
<p>Si tienes deudas o una hipoteca, en caso de fallecimiento causarás un perjuicio económico a tus padres o herederos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>8. Soy muy joven todavía</h3>
<p>No sabemos cuándo nos vamos a morir y tener asegurado el futuro de tus hijos pase lo que pase es tu responsabilidad, además también te cubriría en caso de invalidez.</p>
<p>Desgraciadamente, no sabemos cuándo pueden ir mal las cosas, así que cuanto antes contrates tu póliza, antes te aseguras, valga la redundancia, de tener cubierto cualquier imprevisto. Si pretendes asegurarte, por ejemplo, cuando tus problemas de salud se agraven, el precio será mayor y podrías habértelo ahorrado.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>9. Gozo de muy buena salud</h3>
<p>Siempre te estás haciendo mayor y por lo tanto las primas del seguro de vida pueden ir subiendo cada año. Es probable que nunca estés tan saludable como ahora y lo que es seguro es que no serás más joven.</p>
<p>A cualquiera le puede pasar un accidente que nos cambie la vida y la de nuestra familia, un seguro cubre el fallecimiento pero también la invalidez.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>10. Estoy soltero y sin hijos</h3>
<p>Los seguros de vida también cubren la invalidez ¿has pensado el dinero que necesitarías si te encuentras en una silla de ruedas después de un accidente?</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>11. Tengo más de 50 años</h3>
<p>Es posible contratar un seguro de vida hasta los 70 años.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>12. Mi marido ya tiene un seguro</h3>
<p>¿ Y con el de tu marido es suficiente? Y su tu falleces, ¿tu marido no necesitará ayuda para cuidar y criar de los hijos?</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>13. Ya tenemos un seguro</h3>
<p>Y ¿de qué importe es ese seguro? ¿es dinero suficiente? Puedes contratar todos los seguros de vida que desees.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>14. Soy ama de casa</h3>
<p>Y ¿las amas de casa no necesitan un seguro de vida para ellas en caso de invalidez o para sus hijos en caso de fallecimiento?</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>15. No quiero hablar de la muerte</h3>
<p>Por mucho que no hables de ella existe y , debería ser obligatorio dejar todo arreglado en caso de fallecimiento</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>16. Estoy Soltero y tengo un hijo, él se quedará con toda la herencia</h3>
<p>El Seguro de vida también es para uno mismo en caso de sufrir una invalidez poder tener un dinero para que nos cuiden.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>17. No tengo casa propia, vivo de alquiler</h3>
<p>El seguro de vida no solo cubre la hipoteca de la casa, si no el dinero que necesita una familia para rehacer la vida después de un fallecimiento.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>18. Mis hijos ya son mayores y están en la universidad</h3>
<p>Es cuando más gastos se tienen, con masters incluidos, una bajada de los ingresos familiares puede repercutir en el abandono de los estudios.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>19. No tengo dinero para gastar en un seguro de vida</h3>
<p>El seguro de vida cuesta lo mismo que tomar unas cañas o ir al cine, es el seguro más barato.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>20. Hay cosas más importantes</h3>
<p>¿Más importantes que tu propia vida? Está claro que hay personas que pronuncian estas palabras sin pensar detenidamente en lo que están diciendo. ¿Cómo va a ser más importante asegurar tu coche que tu vida? Según lo que cubra tu póliza, un seguro de vida puede incluso sacarte de más de un apuro mientras tu corazón late.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>21. Tengo un seguro de accidentes</h3>
<p>El Seguro de accidentes cubre solo el fallecimiento en caso de accidente, el de vida cubre el dinero en caso de fallecimiento por cualquier causa.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>22. En la tarjeta tengo un seguro</h3>
<p>Los seguros de las tarjetas son de viaje y accidentes, no son seguros de vida.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>23. Ya tengo un seguro de decesos o muertos</h3>
<p>El seguro decesos cubre solo los gastos del funeral, el seguro de vida da un dinero a tus herederos para que puedan seguir con su vida</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>24. Es un seguro de vida para los hombres</h3>
<p>Hay seguros de vida que también te pagan un dinero en caso de tener una enfermedad propia de la mujer como cáncer de mama.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>25. Tengo que contratar dos seguros uno de vida y uno de decesos</h3>
<p>Los seguros de vida te anticipan un dinero para los gastos del entierro y te ayudan en su gestión</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>26. Para sacar algo del seguro me tengo que morir</h3>
<p>No todos los seguros de vida dan solamente beneficio si se produce un fallecimiento. A pesar de todo, aunque tu póliza sólo cubriese un supuesto caso de fallecimiento, si te pasa algo, al menos tendrás la certeza de que los tuyos podrán tener un apoyo económico mínimo cuando te hayas ido.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>27. Yo no pienso morirme mañana</h3>
<p>Yo no tampoco tengo planes de retirarme pero hay veces que las cosas llegan independientemente de nuestra voluntad. Imagina un accidente de coche, en el trabajo o un desastre natural…</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>28. Nos encantaría poder contratar un plan de Seguro de Vida pero no podemos agregar una cuota más a nuestro presupuesto.</h3>
<p>Hay que ver que si no podemos hoy achicar un poco nuestro presupuesto para darle cabida al Seguro de Vida, nuestra familia no va a poder hacer frente a todos esos gastos que hoy decimos no poder dejar de pagar. Nuestra familia va a tener que seguir pagándolos. Lo único que no van a tener que seguir pagando es el plan de Seguro de Vida, y éste va a ser justamente el que va a permitir afrontar las demás obligaciones.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>29. Estamos tranquilos porque si pasa lo peor tenemos propiedades que generan ingresos</h3>
<p>Justamente por eso es que necesitamos un Seguro de Vida; porque al fallecer, la familia va a tener que afrontar una serie de obligaciones en efectivo como ser últimos gastos, juicios sucesorios, etc. que la obligarían a tener que desprenderse y malvender cualquiera de esas propiedades. Seguramente con menos de lo que cualquiera de esos bienes nos da de renta anual podemos convertirlo, con un Seguro de Vida, en un valor equivalente a otra propiedad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>30. Estamos endeudados</h3>
<p>Es quizás cuando más necesitamos un Seguro de Vida. Porque si llegara a pasarnos algo nuestra familia heredaría esa deuda, y obviamente no tendría como pagarla. El Seguro de Vida es inembargable y por lo tanto puede llegar a convertirse en lo único que le quede.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>31. Tenemos miedo de no poder afrontarlo</h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Seguramente tenemos un seguro médico, pagamos el seguro de un carro, estamos asociados a un club y tenemos una serie de gastos fijos que nunca nos cuestionamos -a la hora de contratarlos- si íbamos a poder afrontarlos o no. Pongamos las cuotas de colegio por ejemplo. Lo peor que podría suceder, es que los anulemos y perdamos el servicio. En un plan de Seguro de Vida, muchas veces se puede suspender el pago por un tiempo y seguir manteniendo cobertura. El Seguro de Vida no va a desequilibrar el presupuesto, pero sí va a permitir equilibrarlo si no estamos.</span></p>
<p><strong><br />
</strong></p>
<h3><b><b>32 Mi cónyuge se niega a que tome un Seguro de Vida</b></b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">¿Cuál es la razón? De todos modos: ¿Vamos a dejar a nuestros hijos sin protección? ¿Permitiremos que nuestro cónyuge cargue con un sentimiento de culpa por haber rechazado la propuesta que en definitiva es en su beneficio y el de nuestros hijos? Hay que reconocer, que para cualquier persona, pensar en recibir una suma de dinero a causa de la muerte de un ser querido produce cierto rechazo que no permite ver que ese dinero no es un premio sino que le va a permitir alimentar y educar a sus hijos. Sabemos que no hay suma de dinero que reemplace el valor afectivo de una persona.</span></p>
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		<title>Tienda de ropa: ¿qué seguros hacen falta?</title>
		<link>https://jaimesiciliaehijos.com/tienda-de-ropa-que-seguros-hacen-falta/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[AXA - Jaime Sicilia e Hijos, S.L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Jan 2016 09:21:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Tras la crisis, han fructificado las licencias comerciales para las tiendas de ropa. Rompiendo con una tendencia que se encontraba en caída, los comerciantes se han empezado a centrar en las tiendas de ropa low cost o de primera clase abandonando los términos medios. Con esta realidad, me ha dado por explicar para todas aquellas&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Tras la crisis, <strong>han fructificado las licencias comerciales para las tiendas de ropa</strong>. Rompiendo con una tendencia que se encontraba en caída, los comerciantes se han empezado a centrar en las tiendas de ropa low cost o de primera clase abandonando los términos medios.</p>
<p>Con esta realidad, me ha dado por explicar para todas aquellas personas interesadas en abrir su tienda de ropa, <strong>los seguros necesarios para desarrollar su actividad sin sobresaltos</strong>.</p>
<h3>Responsabilidad Civil</h3>
<p>Este en un<strong> seguro obligatorio para poder desarrollar cualquier actividad mercantil</strong>, ello se debe porque durante su actividad profesional o industrial puede causar un perjuicio a un tercero, como daños materiales, corporales o pérdidas económicas, por las que puede tener que hacer frente a <strong>importantes indemnizaciones y gastos</strong>.</p>
<h3>Seguro de Daños</h3>
<p>Las estadísticas revelan que el <strong>80% de los negocios que sufren un incendio</strong>, caen en bancarrota. <strong>Este seguro cubrirá tanto el inmueble, las mercancías y el mobiliario de la empresa</strong> ya que en caso de sufrir un incendio por ejemplo, su negocio se podría enfrentar a grandes pérdidas.</p>
<p>Con este seguro cubrimos los daños propios causados a las instalaciones de su empresa, como consecuencia de un incendio, los daños causados por agua, daños eléctricos y robo. <strong>Éste seguro indemnizará además de los daños a las instalaciones, las mercancías que tenía destinadas para la venta o si almacena bienes en nombre de otras personas en caso de robo, incendio, daños, etc.</strong></p>
<h4>Daños equipos electrónicos:</h4>
<p><strong>Cualquier daño en sus equipos informáticos</strong>, o cualquier otro equipo que considere vital para su negocio, podría paralizar la actividad de su empresa.</p>
<h3>Responsabilidad Civil Patronal</h3>
<p><strong>Seguro dirigido para cubrir las responsabilidades suyas que puedan surgir respecto a sus empleados</strong>. Este seguro cubre los daños que hayan sufrido en el desempeño de sus funciones:</p>
<ul>
<li>Los <strong>asalariados</strong> incluidos en la Seguridad Social.</li>
<li>Los <strong>trabajadores con contratos temporales</strong>.</li>
<li>Los <strong>contratados por empresas de trabajo temporal</strong>.</li>
<li>Otros dependientes del asegurado con relación distinta a las anteriores con contratos mercantiles, a comisión etc…</li>
</ul>
<h3>Responsabilidad Civil Locativa</h3>
<p>Si usted va a realizar su actividad en un local alquilado a un tercero, lo aconsejable es contratar esta cobertura que <strong>cubre la responsabilidad civil del asegurado que tenga arrendado el inmueble, frente al propietario del mismo por los daños que pueda sufrir dicho inmueble a consecuencia de incendio o explosión</strong>.</p>
<h3></h3>
<h3>Responsabilidad Civil Productos</h3>
<p>Los productos hechos en la UE tienen un sello de calidad oficial que certifica que han pasado todos los controles necesarios. <strong>En caso de que usted en su tienda comercialice con productos no elaborados en la UE</strong>, se arriesga a una demanda en caso de que los mismos tras la entrega, sean defectuosos, estén en <strong>mal estado y provoquen un daño a un tercero que pueda reclamarle</strong> (reacción cutánea, alérgica, etc.).</p>
<p><strong><a href="https://www.axa.es/web/oficinas/oficina/726814-jaime-sicilia-e-hijos-sl">Para más información contacte con la Agencia de Seguros Jaime Sicilia e Hijos S.L.</a> o a través de nuestros perfiles sociales:</strong></p>
<ul>
<li><strong><a href="https://www.facebook.com/jaimesicilia.axa/">Facebook</a></strong></li>
<li><strong><a href="https://twitter.com/axa_jsicilia">Twitter</a></strong></li>
</ul>
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		<item>
		<title>Seguros para un restaurante</title>
		<link>https://jaimesiciliaehijos.com/restaurador-que-seguros-necesita-mi-restaurante/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[AXA - Jaime Sicilia e Hijos, S.L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 12 Jan 2016 12:42:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un restaurante es un perfil de negocio muy habitual en Canarias debido a la gran oferta en hostelería que hay en Las Islas desarrollada a partir de un sector servicios muy maduro. Por lo general los hosteleros se centran en lo suyo como es elaborar, manipular y vender alimentos cuidando el servicio. Para que pueda&#8230;</p>
<p>La entrada <a href="https://jaimesiciliaehijos.com/restaurador-que-seguros-necesita-mi-restaurante/">Seguros para un restaurante</a> aparece primero en <a href="https://jaimesiciliaehijos.com">Jaime Sicilia e Hijos</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-weight: 400;">Un restaurante es un perfil de negocio muy habitual en Canarias debido a la gran oferta en hostelería que hay en Las Islas desarrollada a partir de un sector servicios muy maduro.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Por lo general </span><b>los hosteleros se centran en lo suyo como es elaborar, manipular y vender alimentos cuidando el servicio</b><b>.</b><span style="font-weight: 400;"> Para que pueda centrarse en su tarea, hemos redactado este artículo que espero ayude a todas aquellas personas que quieren emprender y abrir su propio bar, restaurante, kiosko…</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">A continuación </span><b>voy a enumerar aquellos seguros necesarios en todo proyecto de hostelería:</b></p>
<p><strong> </strong></p>
<h3><b>Responsabilidad Civil</b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Este en un </span><b>seguro obligatorio para poder desarrollar cualquier actividad mercantil</b><span style="font-weight: 400;">, ello se debe porque durante su actividad profesional o industrial puede causar un perjuicio a un tercero, como daños materiales, corporales o pérdidas económicas, por las que puede tener que hacer frente a </span><b>importantes indemnizaciones y gastos.</b></p>
<p><strong> </strong></p>
<h3><b>Responsabilidad Civil Patronal</b></h3>
<p><b>Seguro dirigido para cubrir las responsabilidades suyas que puedan surgir respecto a sus empleados</b><span style="font-weight: 400;">. Este seguro cubre los daños que hayan sufrido en el desempeño de sus funciones:</span></p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Los </span><b>asalariados</b><span style="font-weight: 400;"> incluidos en la Seguridad Social.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Los </span><b>trabajadores con contratos temporales.</b></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Los </span><b>contratados por empresas de trabajo temporal.</b></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Otros dependientes del asegurado con relación distinta a las anteriores con contratos mercantiles, a comisión etc…</span></li>
</ul>
<p><strong> </strong></p>
<h3><b>Seguro de Daños</b></h3>
<p><span style="font-weight: 400;">Las estadísticas revelan que </span><b>el 80% de los negocios que sufren un incendio,</b> <span style="font-weight: 400;">caen en bancarrota. </span><b>Este seguro cubrirá tanto el inmueble, las mercancías y el mobiliario de la empresa</b><span style="font-weight: 400;"> ya que en caso de sufrir un incendio por ejemplo, su negocio se podría enfrentar a grandes pérdidas.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Con este seguro cubrimos los daños propios causados a las instalaciones de su empresa, como consecuencia de un incendio, los daños causados por agua, daños eléctricos y robo. </span><b>Éste seguro indemnizará además de los daños a las instalaciones, las mercancías que tenía destinadas para la venta o si almacena bienes en nombre de otras personas en caso de robo, incendio, daños etc…</b></p>
<p><b>Responsabilidad Civil Locativa</b></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Si usted va a realizar su actividad en un local alquilado a un tercero, lo aconsejable es contratar esta cobertura que </span><b>cubre la responsabilidad civil del asegurado que tenga arrendado el inmueble, frente al propietario del mismo por los daños que pueda sufrir dicho inmueble a consecuencia de incendio o explosión.</b></p>
<p>La entrada <a href="https://jaimesiciliaehijos.com/restaurador-que-seguros-necesita-mi-restaurante/">Seguros para un restaurante</a> aparece primero en <a href="https://jaimesiciliaehijos.com">Jaime Sicilia e Hijos</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Seguro de vida, conceptos básicos</title>
		<link>https://jaimesiciliaehijos.com/seguro-de-vida-conceptos-basicos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[AXA - Jaime Sicilia e Hijos, S.L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 16 Dec 2015 11:59:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Seguros]]></category>
		<guid isPermaLink="false"></guid>

					<description><![CDATA[<p>La Ley 50/1.980 del Contrato de Seguro, define esto en su art. 83 “Por el seguro de vida el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><b>La Ley 50/1.980 del Contrato de Seguro, define esto en su art. 83</b><i><span style="font-weight: 400;"> “Por el seguro de vida el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado o de ambos eventos conjuntamente”.</span></i></p>
<p><b>Garantizan el pago de un capital o renta</b><span style="font-weight: 400;">, a los beneficiarios, en el caso de fallecimiento del asegurado. Se denominan de riesgo, ya que </span><b>el objeto de este seguro, es cubrir la muerte del asegurado</b><span style="font-weight: 400;">, situación que es incierta e involuntaria. En caso de suicidio, las compañías pagan la prestación siempre que haya transcurrido un período de tiempo desde la firma del contrato (generalmente un año).</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h3><b>Características</b></h3>
<h4><b><b>Características generales:</b></b><strong><br />
</strong></h4>
<p>&nbsp;</p>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Tranquilidad frente al futuro de la familia.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Tranquilidad en cuanto al pago de deudas.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Autoliquidación en impuesto de sucesiones.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Flexibilidad en modalidades y formas de pago.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Garantía de mantenimiento de un plan de ahorro.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Protección a la empresa. </span></li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h4><b><b>Características del producto:</b></b></h4>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><b>Indisputabilidad:</b><span style="font-weight: 400;"> Derecho del asegurado a que no se le anule el contrato.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><b>Inembargabilidad:</b><span style="font-weight: 400;"> Derecho del asegurado y beneficiarios a que este producto no sea embargable.</span></li>
</ul>
<p><strong><br />
</strong></p>
<h3><b>Garantías</b></h3>
<p><b>La garantía básica es el fallecimiento del asegurado</b><span style="font-weight: 400;">, sea por la causa que sea, incluyendo el suicidio (generalmente a partir del primer año de vigencia), pero como dice el Art. 50 del Reglamento de la Ley </span><i><span style="font-weight: 400;">“En las pólizas de seguros sobre la vida podrán cubrirse como riesgos principales, los de muerte, supervivencia o cualquier combinación de ambos, y como riesgos complementarios de estos, los de invalidez permanente, invalidez temporal, muerte por accidente, por accidente de circulación, o cualquier modalidad que tenga por objeto cubrir riesgos que afecten a la integridad física del asegurado”. </span></i></p>
<p>&nbsp;</p>
<h4><b><b>Garantías complementarias:</b></b></h4>
<ul>
<li><b>Invalidez absoluta y permanente:</b><span style="font-weight: 400;"> Situación física irreversible que incapacita al asegurado para realizar cualquier actividad laboral o profesional. En este caso se anticipa el capital suscrito para el caso de fallecimiento.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><b>Invalidez permanente total (o invalidez profesional): </b><span style="font-weight: 400;">Situación física irreversible que incapacita al asegurado para ejercer su profesión habitual. En este caso se suele establecer una renta hasta que el asegurado cumpla los 65 años.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><b>Fallecimiento por accidente:</b><span style="font-weight: 400;"> Fallecimiento a consecuencia de un accidente. Normalmente se establece un capital complementario al de fallecimiento por cualquier causa, normalmente del mismo importe.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><b>Invalidez absoluta y permanente por accidente:</b><span style="font-weight: 400;"> Cuando por causa accidental se llegue a un estado de invalidez absoluta y permanente, normalmente se establece un capital complementario, generalmente igual al de la garantía básica.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><b>Fallecimiento o invalidez absoluta y permanente por accidente de circulación: </b><span style="font-weight: 400;">Si la muerte o la invalidez sobreviene a consecuencia de un accidente de circulación se establece otro capital complementario normalmente igual al básico, por lo que en estas circunstancias, lo normal es que el beneficiario cobre tres veces lo establecido como capital base.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><b>Anticipo del capital por enfermedad grave: </b><span style="font-weight: 400;">Algunas compañías anticipan un porcentaje (entre un 50% y un 100%) del capital asegurado por fallecimiento, en el caso de que se le diagnostique al asegurado una enfermedad grave (cáncer, accidente cerebro-vascular, infarto agudo de miocardio, insuficiencia renal, afección de la arteria coronaria que exija intervención etc..). Una vez se produzca el pago de este porcentaje, la póliza sigue en vigor por el resto del capital, hasta el vencimiento o el fallecimiento del asegurado.</span></li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h3><b>Riesgos habitualmente excluidos</b></h3>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><b>Suicidio</b><span style="font-weight: 400;"> durante el primer año de contrato.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><b>Embriaguez</b><span style="font-weight: 400;"> o uso indebido de </span><b>estupefacientes.</b></li>
<li style="font-weight: 400;"><b>Riesgos de la aviación</b><span style="font-weight: 400;"> excepto cuando se viaje como pasajero en transporte público con licencia en regla.</span><b><b>Guerra y catástrofes naturales.</b></b></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Radiación nuclear o </span><b>contaminación radioactiva</b><span style="font-weight: 400;">.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Siniestros </span><b>causados intencionadamente por el asegurado.</b></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Imprudencia temeraria o </span><b>negligencia grave</b><span style="font-weight: 400;">. Riñas o duelos que no sean en defensa propia.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><b><b>Infarto de miocardio.</b></b></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Práctica de </span><b>deportes de los considerados de riesgo.</b></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Práctica del </span><b>toreo</b><span style="font-weight: 400;"> aun en tientas o tentaderos de vaquillas.</span></li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>¿Y si salgo con mi coche fuera del país?</title>
		<link>https://jaimesiciliaehijos.com/y-si-salgo-con-mi-coche-fuera-del-pais/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[AXA - Jaime Sicilia e Hijos, S.L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 21 Sep 2015 08:30:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Si usted tiene intención de viajar a algún país de Europa con su vehículo, conviene que conozca qué es OFESAUTO. OFESAUTO es la Oficina Nacional de la Carta Verde, que es un certificado internacional de seguro de Responsabilidad Civil de vehículos terrestres automóviles. A partir de la II Guerra Mundial, el incremento del tráfico rodado&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-weight: 400;">Si usted </span><b>tiene intención de viajar a algún país de Europa con su vehículo</b><span style="font-weight: 400;">, conviene que conozca qué es OFESAUTO.</span></p>
<p><a href="http://www.ofesauto.es/es/ofesauto"><span style="font-weight: 400;">OFESAUTO es la </span><b>Oficina Nacional de la Carta Verde</b></a><span style="font-weight: 400;">, que es un certificado internacional de seguro de Responsabilidad Civil de vehículos terrestres automóviles.</span><br />
<span style="font-weight: 400;">A partir de la II Guerra Mundial, el incremento del tráfico rodado hizo necesario diseñar un sistema que gestionara y acelerase el movimiento de vehículos a través de las fronteras internacionales.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Esta cuestión fue abordada por la Organización de Naciones Unidas que decidió recomendar una solución basada en un sistema originalmente implementado en los países nórdicos en los años 30.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Dicha recomendación quedó plasmada en las llamadas </span><a href="http://www.ofesauto.es/images/pdf/RECOMENDACION%20DE%20GINEBRA.pdf"><span style="font-weight: 400;">«Recomendaciones de Ginebra» </span></a><span style="font-weight: 400;">donde se origina el actualmente denominado </span><a href="http://www.ofesauto.es/es/carta-verde/que-es-la-carta-verde"><span style="font-weight: 400;">«Sistema de Carta Verde»</span></a><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El Sistema de Carta Verde esta diseñado para cumplir con dos objetivos principales:</span></p>
<ul>
<li><b>Facilitar el movimiento de vehículos a través de las fronteras internacionales</b><span style="font-weight: 400;"> con el uso de un documento internacionalmente aceptado que pruebe la existencia de seguro.</span></li>
<li><b>Asegurar que las víctimas de accidentes causados por vehículos extranjeros no se encuentren en una posición de desventaja.</b></li>
</ul>
<p><span style="font-weight: 400;">Este sistema entró en funcionamiento en 1952. Hoy dia hay </span><a href="http://www.ofesauto.es/images/pdf/PAISES%20SOMETIDOS%20AL%20SISTEMA%20CARTA%20VERDE.OCTUBRE%202013.pdf"><span style="font-weight: 400;">mas de 40 países sometidos a dicho sistema, incluyendo todos los países de Europa</span></a><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">La Carta Verde no ofrece cobertura de seguro específica en sí misma, pero si está vigente en el momento del accidente garantiza al menos la cobertura mínima de seguro obligatorio en el país de ocurrencia.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Una Carta Verde tiene que ser emitida por cualquiera de los países que formen parte del Sistema. Eso sí, teniendo en cuenta que el vehículo solo puede estar asegurado en su país de matriculación</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Esta oficina </span><b>OFESAUTO asume los trámites de accidentes en el extranjero de vehículos matriculados en España, o de accidentes en España de vehículos matriculados en los </b><a href="http://www.ofesauto.es/images/pdf/PAISES%20SOMETIDOS%20AL%20SISTEMA%20CARTA%20VERDE.OCTUBRE%202013.pdf"><b>países del Convenio Multilateral de Garantía.</b></a></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Es una Asociación sin ánimo de lucro, compuesta por todas las Entidades Aseguradoras y el Consorcio de Compensación de Seguros.</span></p>
<h3><a href="http://www.ofesauto.es/images/pdf/Reglamento_General_del_Consejo_de_Oficinas_Nacionales._Version_Enero_2014._Espa%C3%B1ol.pdf"><b>CÓMO FUNCIONA</b></a></h3>
<ul>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">En virtud de las Directivas de la U.E. </span><b>se puede circular en las mismas condiciones que en España por 22 países europeos.</b></li>
<li style="font-weight: 400;"><b>Sólo se necesita “Carta Verde”</b><span style="font-weight: 400;">, en Albania, Bulgaria, Bosnia, Bielorrusia, Israel, Irán, Marruecos, Moldavia, Macedonia, Rumania, Serbia, Túnez, Turquía y Ucrania.</span></li>
<li style="font-weight: 400;"><span style="font-weight: 400;">Una Oficina Nacional en cada país, garantiza el cumplimiento del Convenio Multilateral de Garantía. </span><b>En España esta oficina es OFESAUTO. </b><span style="font-weight: 400;"> </span></li>
<li style="font-weight: 400;"><b><b>Función internacional.</b></b>
<ul>
<li style="font-weight: 400;">Garantiza que los vehículos españoles están convenientemente asegurados para circular en otros países.</li>
</ul>
</li>
<li style="font-weight: 400;"><b><b>Función nacional.</b></b>
<ul>
<li style="font-weight: 400;">Garantiza la correcta indemnización de un vehículo español perjudicado por un extranjero de un país firmante del Convenio.</li>
</ul>
</li>
<li style="font-weight: 400;"><b><b>Función de siniestros.</b></b>
<ul>
<li style="font-weight: 400;">Tramita el siniestro e informa al damnificado de lo que debe hacer para resarcirse y cobrar la indemnización. Una vez pagada, OFESAUTO, reclama a la Compañía Extranjera causante o en su caso a la Oficina Nacional del país de origen.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><b>OFESAUTO atiende tanto reclamaciones de informacion como reclamaciones de indemnización</b><span style="font-weight: 400;">, tanto por</span><a href="http://www.ofesauto.es/es/ofesauto/tramites-ofesauto/reclamaciones-por-accidentes-de-circulacion-ocurridos-en-espana"><span style="font-weight: 400;">accidentes ocurridos en España</span></a><span style="font-weight: 400;"> como por </span><a href="http://www.ofesauto.es/es/ofesauto/tramites-ofesauto/reclamaciones-por-accidentes-de-circulacion-ocurridos-en-extranjero"><span style="font-weight: 400;">accidentes ocurridos en el extranjero</span></a><span style="font-weight: 400;">.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Espero que esta información os haya despejado dudas si teníais intención de viajar con vuestro coche.</span></p>
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		<title>Vol. 1 &#124; Soy Consumidor de Seguros, ¿cómo me protejo?</title>
		<link>https://jaimesiciliaehijos.com/vol-1-soy-consumidor-de-seguros-como-me-protejo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[AXA - Jaime Sicilia e Hijos, S.L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Sep 2015 09:30:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones como órgano administrativo depende orgánicamente del Director General de Seguros a través de la Subdirección General de Seguros y Política Legislativa, actuando en el ejercicio de sus funciones de acuerdo con los principios previstos en el artículo 30.1 de la Ley&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><b>El servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones</b><span style="font-weight: 400;"> como órgano administrativo depende orgánicamente del Director General de Seguros a través de la Subdirección General de Seguros y Política Legislativa, actuando en el ejercicio de sus funciones de acuerdo con los principios previstos en el artículo 30.1 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. </span></p>
<p><b>El titular del servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones</b><span style="font-weight: 400;"> será nombrado atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia en la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros referidas al ámbito asegurador y de los planes y fondos de pensiones.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Su objetivo es tratar de </span><b>facilitar a los usuarios de los servicios financieros</b><span style="font-weight: 400;"> todos los cauces posibles para hacer llegar a las autoridades de supervisión cualesquiera quejas, reclamaciones o consultas que aquellos les transmitan.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Es un órgano adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, con la finalidad expresa de </span><b>proteger los derechos del usuario de servicios financieros</b><span style="font-weight: 400;"> en el ámbito respectivo, y que se conciben con caracteres de independencia y autonomía y al que se dota de los medios profesionales y operativos necesarios para asegurar la eficacia en su actuación.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Así el Servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones es el </span><b>garante de la protección de los intereses y derechos de los clientes de servicios aseguradores y de fondos de pensiones</b><span style="font-weight: 400;">, y del reforzamiento de la transparencia y de las buenas prácticas y usos financieros.</span></p>
<h3 dir="ltr">Funciones:</h3>
<ul>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Atender las consultas, quejas y reclamaciones previstas en la Ley de Reforma del Sistema Financiero Ley 44/2002, de 22 de noviembre.</div>
<div dir="ltr"></div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">La asistencia en la supervisión sobre conductas de mercado de las entidades sujetas a supervisión de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.</div>
<div dir="ltr"></div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">El fomento de iniciativas en materia de educación financiera y la elaboración de estudios en materias relacionadas con la protección de los asegurados, la transparencia y las mejores prácticas en el mercado.</div>
<div dir="ltr"></div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Las demás funciones de protección a los asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y partícipes en planes de pensiones que se le encomienden.</div>
</li>
</ul>
<div dir="ltr">El Servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, actuará con independencia, y se relacionará con los diversos Departamentos de atención al cliente y Defensores del Cliente de las diversas entidades financieras y de seguros.</div>
<p>Contestará a las quejas en el plazo máximo de un mes desde la fecha de presentación, siempre con carácter informativo y sin efectos vinculantes.</p>
<p><b></b>Deberá emitir una memoria anual que será enviada (en el caso de seguros), a la DGS y siempre  al Instituto Nacional de Consumo.</p>
<p><b></b>Quién puede formular quejas y reclamaciones o consultas ante el Servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones:</p>
<ul>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Todas las personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar conforme a derecho, españolas o extranjeras, que estén debidamente identificadas, en su condición de usuarios de servicio financieros y siempre que se refieran a sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros, o se trate de una consulta sobre sus derechos en materia de transparencia y protección de la clientela y cauces legales existentes para su ejercicio.</div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o derechohabientes de cualquiera de ellos, así como los partícipes y beneficiarios de planes de pensiones.</div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o derechohabientes de cualquiera de ellos, así como los partícipes y beneficiarios de planes de pensiones</div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o derechohabientes de cualquiera de ellos, así como los partícipes y beneficiarios de planes de pensiones.</div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr"><strong>Las asociaciones y organizaciones representativas de legítimos intereses colectivos de los usuarios de servicios financieros</strong></div>
<div dir="ltr"></div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o derechohabientes de cualquiera de ellos, así como los partícipes y beneficiarios de planes de pensiones.</div>
<div dir="ltr"></div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados o derechohabientes de cualquiera de ellos, así como los partícipes y beneficiarios de planes de pensiones.</div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Las oficinas y servicios de información al consumidor.</div>
</li>
</ul>
<h3 dir="ltr">Procedimiento para la presentación, tramitación y resolución de quejas o reclamaciones:</h3>
<div dir="ltr">Cualquier consulta podrá ser presentada indistintamente ante cualquiera de los servicios de reclamaciones, con independencia de su contenido, del Banco de España, de la Comisión Nacional de Mercado de Valores o de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, o en sus delegaciones.</div>
<p><b></b>En estos casos, una vez presentadas las quejas o reclamaciones serán remitidas al servicio de reclamaciones o unidad equivalente competente para su tramitación.</p>
<p><b></b>La presentación de quejas o reclamaciones podrá efectuar por los siguientes medios:</p>
<ul>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">En soporte papel.</div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Por medios informáticos, electrónicos o telemáticos.</div>
</li>
</ul>
<div dir="ltr">Las quejas o reclamaciones se formularán indicando en todo caso:</div>
<ul>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Los datos identificativos del reclamante</div>
<div dir="ltr"></div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">La identificación de la entidad reclamada, así como de la oficina o sucursal a que se refiere en su caso la queja o reclamación.</div>
<div dir="ltr"></div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">El motivo de la queja o reclamación que se presente en relación con sus intereses y derechos legalmente reconocidos</div>
<div dir="ltr"></div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Acreditar que ha transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación ante el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, defensor del cliente sin que haya sido resuelta, o que ha sido denegada la admisión o desestimada, total o parcialmente, su petición.</div>
<div dir="ltr"></div>
</li>
<li dir="ltr">
<div dir="ltr">Lugar, fecha y firma.</div>
</li>
</ul>
<div dir="ltr">Junto a las quejas o reclamaciones se deberá acompañar cuanta documentación resulte imprescindible para resolver las cuestiones planteadas como motivo de la queja o reclamación, sin perjuicio de que el Servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones recabe de la entidad reclamada la documentación que deba obrar en su poder en relación con aquéllas.</div>
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