Seguro perfecto para cuando se sale de vacaciones, y que ofrece tanto al vehículo como a las personas y cosas que viajan en él, todo tipo de ayudas en el caso de avería o accidente que impidan continuar el viaje. Este se extiende a cualquier viaje y en cualquier medio.
Lo que me interesa acentuar en esta ocasión, son sus garantías relativas a las personas, ya que este seguro también se aplica en caso de viajar en avión o barco por ejemplo.
Garantías relativas a las personas
- Repatriación o transporte sanitario de heridos o enfermos:
- Se incluyen los gastos de transporte de ambulancia hasta la clínica u hospital más cercano.
- Los gastos médicos de urgencia, con el fin de definir el tratamiento más adecuado.
- Los gastos de traslado , por el medio más adecuado, del herido o enfermo hasta el Centro Médico prescrito o hasta su domicilio.
- Repatriación o transporte de asegurados:
- Cuando a alguno de los asegurados, se le haya repatriado por enfermedad o accidente y esta circunstancia impida al resto su regreso por los medios previstos.
- Se transportará a todos hasta el lugar de su residencia habitual o hasta el lugar donde esté hospitalizado el asegurado.
- Se contratará a una persona responsable que acompañe al resto de los asegurados cuando estos tuvieran menos de 15 años.
- Traslado y estancia de un familiar del asegurado.
- Cuando la hospitalización se prevea superior a 5 días, normalmente, el asegurador pagará los gastos de un familiar con el fin de que acuda.
- Estos gastos, incluso de hoteles, previa presentación de los gastos se suelen cubrir hasta en el extranjero.
- Gastos médicos quirúrgicos y farmacéuticos. Cubiertos:
- Gastos y honorarios de médicos y quirúrgicos.
- Gastos farmacéuticos prescritos.
- Gastos transporte ambulancias.
- Gastos hospitalización.
- Gastos de estancia en hotel, si no puede repatriarse por prescripción facultativa.
- Repatriación o transporte de fallecidos. Incluiría los gastos del familiar que acompañara al fallecido.
- Robo, destrucción y pérdida de equipajes. Búsqueda y transporte de los mismos.
- Transmisión de mensajes urgentes.
- Reembolso por cancelación o acortamiento del viaje.
- Pérdida de pasaporte.
- Adelanto de fondos en el extranjero.
Exclusiones
- Mala fe del asegurado.
- Acciones en estado de enajenación mental o bajo tratamiento psiquiátrico.
- Fenómenos de la naturaleza.
- Terrorismo, motín o tumulto popular.
- Hechos de las Fuerzas Armadas o Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
- Guerras y hechos derivados de la energía nuclear.
- Conducir en estado de embriaguez o sin licencia.
- Los que se produzcan por infringir algún tipo de disposición reglamentaria.
- Salvo sobreprima, los que se produzcan en competiciones deportivas o en deportes de riesgo.
- Uso de aviones no autorizados para el transporte público de viajeros.
- Los accidentes de trabajo.
- Daños producidos por la contaminación.
- Riesgos que deban ser cubiertos por un seguro obligatorio.
- Obligaciones contractuales del asegurado.
- Daños a buques o aeroplanos.
- Daños producidos por el transporte de materias tóxicas o inflamables y explosivas.
- El pago de sanciones, multas y fianzas penales.
- La Responsabilidad derivada de accidentes del personal no asegurado.
- Actividades inherentes al ejercicio profesional del asegurado.
No cubre
- Enfermedades o lesiones derivadas de padecimientos crónicos o preexistentes.
- Suicidio o lesiones producidas en su tentativa.
- Enfermedades producidas por la ingestión de alcohol u otro tipo de drogas.
- Las derivadas de la renuncia del asegurado al traslado propuesto por la compañía y acordado por su servicio médico.
- Tratamientos de rehabilitación.
- Prótesis, material ortopédico, gafas…
- Irrupción voluntaria del embarazo.
- Gastos odontológicos de más de una determinada cantidad.
- Equipajes que no vayan convenientemente embalados y etiquetados.
- Cuando por fuerza mayor, no pueda la compañía prestar el servicio.
- Gastos producidos una vez que el asegurado se encuentre en su domicilio o fuera del ámbito de cobertura de la póliza.